En enero de este año, los estadios de los clubes porteños que participan en la primera división de la Asociación de Futbol Argentino debían contar con el 75% de la superficie de las graderías provista de asientos individuales. Ante la falta de cumplimiento, y ante el riesgo de clausuras masivas, se extendió el plazo hasta 2014.
En el Boletín Oficial del lunes último se publicó una ampliación que garantiza a los clubes de fútbol de la primera división continuar con sus respectivos estadios abiertos. Para enero de este año, todas las canchas debían contar con el 75% (setenta y cinco por ciento) de la superficie de las graderías provista de asientos individuales, pero como muchos no cumplían con la exigencia, la Legislatura, por decreto, aprobó una extensión de dos años.
El texto modifica el artículo 11 de la ley 2801, y quienes no cumplan podrían sufrir una clausura. En este sentido, los clubes podrán iniciar los trámites de habilitación definitiva de sus estadios en el plazo indicado por el artículo 4°, es decir, un plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la reglamentación de la presente ley para realizar la presentación firmal de la solicitud y la documentación para su habilitación definitiva.
La normativa incluye a todos los estadios que se encuentran dentro del área de la Ciudad, y la autoridad competente en materia de habilitaciones y permisos, cumplidos con los plazos establecidos en el artículo 4°, procede dentro de los noventa (90) días hábiles administrativos, a emitir el acto administrativo que disponga la habilitación del estudio de que se trate o en su caso, su rechazo.